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NUEVO TOQUE DE QUEDA ENTRA EN VIGENCIA ESTE LUNES 30 DE MARZO HASTA EL 12 DE ABRIL

NACIONALES.

ACTUALIDAD

El Gobierno de Guatemala emitió hoy nuevas disposiciones presidenciales, entre ellas, extender el toque de queda hasta el 12 de abril, para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.
En una edición especial del Diario de Centro América (oficial), el Gobierno anunció estas nuevas disposiciones, que derogan las emitidas el 16 y 21 de marzo y robustecen las medidas para evitar que esta enfermedad se extienda en todo el país.
Entre las medidas resalta “la restricción de libre locomoción a los habitantes de la República de Guatemala, limitación que incluye el tránsito y circulación de personas, tripulación, pasajeros, vehículos o todo tipo de transporte terrestre particular y de pasajeros entre las 16:00 horas del día a las 4:00 horas del día siguiente”.
Esta restricción entrará en vigencia el lunes 30 de marzo al 12 de abril.
Hemos decidido ampliar el hasta el domingo 12 de abril para poder continuar con la contención del Coronavirus. Recuerden que es desde las 16:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, también les pido que no salgan de sus hogares a menos que sea necesario.

Asimismo, se añadió la  suspensión de labores y actividades en las entidades del Estado, del Organismo Ejecutivo, así como del sector privado.
Sin embargo, las entidades que seguirán en sus labores será el personal de la Presidencia de la República; las autoridades superiores de cada entidad estatal; personal para atender el estado de calamidad pública; el personal de salud, asistencia social, socorro y auxilio de personas; seguridad y defensa nacional; y sistema penitenciario.
Además, personal de aeropuertos y aduanas; de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) y de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).

Por su parte, los centros comerciales deberán permanecer cerrados. Mientras que, los mercados municipales y cantonales estarán abiertos de 4:00 a 13:00 horas, y las tiendas y abarroterías de 4:00 a 16:00 horas.

Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas a partir de las 15:00 horas hasta las 4:00 del día siguiente.
De igual manera, el decreto establece la participación de los ciudadanos para acatar estas disposiciones y seguir las normas de higiene para evitar contagiarse.


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